Reservas legales
La reserva legal es aquella que debe de tener una sociedad de capital (Sociedades Anónimas), de acuerdo a la normativa legal vigente. Dependiendo del país, así será su %, su monto y la disposición legal en cuanto si se calcula antes o después de impuesto.
Es habitual que la recién llegados al mando empresarial o los no acostumbrados a trabajas el tema financiero, olvida la existencia de la figura de la reserva legal. Se trata de una limitación a la libre distribución de los beneficios de la empresa en aras de la sustentabilidad misma.
Reserva legal en bancos.
Los bancos deben constituir su Reserva Legal, para lo cual destinaran por lo menos el 10 % de sus utilidades anuales, hasta alcanzar el 25 % de su capital pagado. La finalidad de la Reserva legal en los bancos es cubrir pérdidas que pudieren producirse en un ejercicio económico y responder de obligaciones para con terceros.
RESERVAS ESTATUTARIAS
Aquellas cuya dotación está prevista en los estatutos de la sociedad.
Son aquellas reservas que deben constituirse en cada ejercicio económico por estar así establecido en los estatutos de la sociedad. En el Plan General de Contabilidad hay una cuenta con dicho nombre que responde a este concepto.
La reserva voluntaria
Son aquellas reservas que deben constituirse en cada ejercicio económico por estar así establecido en los estatutos de la sociedad. En el Plan General de Contabilidad hay una cuenta con dicho nombre que responde a este concepto.
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